De acuerdo a las normativas dispuestas por las autoridades, se extenderán automáticamente las fechas de vencimiento de Fe de Vida para JUBILADOS, PENSIONADOS y PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS.
Únicamente deben dar fe de vida los beneficiarios titulares de jubilaciones, pensiones y pensiones no contributivas.
¿Cuáles son los medios disponibles para actualizar la Fe de Vida?
Únicamente el titular del beneficio con su huella dactilar en:
Más información
Si el titular del beneficio se encontrara fuera del país, además de su documento, el apoderado deberá adjuntar un certificado de supervivencia emitido por el Consulado Argentino en el país donde se encuentre el beneficiario.
El plazo de Supervivencia no se modifica por encontrarse fuera del país de manera momentánea. En caso de residir en el exterior deberá comunicar esta situación a Anses.
Tenga en cuenta realizar la supervivencia antes de viajar para no tener contratiempos.
La no realización del trámite de supervivencia genera dos consecuencias inmediatas al vencimiento del plazo en tanto no renueva tu fe de vida por alguno de los canales previstos en el apartado Medios :
Para recuperar tu condición y poder cobrar los haberes, deberás realizar el trámite de supervivencia:
Si lo hicieras por los medios electrónicos, en 72 horas tendrías rehabilitadas la posibilidad de acceder a los fondos disponibles y el haber del mes vigente.
En el caso en el cual se venció el máximo estipulado por Anses para el cobro del haber; deberás realizar un trámite ante el mencionado Organismo para que se reliquide el importe.